Reclamación de salarios
Si su empresa le adeuda salarios, pagas extras, horas extraordinarias o complementos salariales, tiene derecho a reclamar las cantidades impagadas. En EJP Abogados gestionamos todo el proceso de reclamación de cantidad, desde la negociación extrajudicial hasta la demanda ante el Juzgado de lo Social.
¿Qué conceptos se pueden reclamar?
- Salarios mensuales no abonados o abonados parcialmente
- Pagas extraordinarias
- Horas extraordinarias realizadas y no compensadas
- Complementos salariales (nocturnidad, peligrosidad, antigüedad)
- Liquidación e indemnización no percibida al finalizar la relación laboral
- Intereses por mora en el pago (art. 29.3 ET): un 10% anual sobre las cantidades adeudadas
Plazos
El plazo de prescripción para reclamar cantidades adeudadas es de un año desde que debieron abonarse (art. 59.1 ET). Es importante no dejar pasar este plazo. Cada mensualidad prescribe de forma independiente, por lo que cuanto antes se inicie la reclamación, mayor será la cantidad recuperable.
Proceso
Iniciamos el proceso con una reclamación extrajudicial a la empresa. Si no hay respuesta satisfactoria, presentamos papeleta de conciliación ante el SMAC y, si fuera necesario, demanda de cantidad ante el Juzgado de lo Social. El procedimiento es relativamente ágil y no requiere el pago de tasas judiciales en el orden social.
Nuestros despachos en Barcelona y Valencia están a su disposición para una primera consulta gratuita.
