Incapacitaciones y tutelas
La Ley 8/2021 ha transformado radicalmente el sistema de protección de las personas con discapacidad en España. La tradicional incapacitación judicial y la tutela de adultos han sido sustituidas por un sistema de apoyos que respeta la voluntad y las preferencias de la persona.
Nuevo sistema de apoyos
- Guarda de hecho: para situaciones informales donde la persona ya está siendo atendida adecuadamente por un familiar o allegado. Es la figura preferente.
- Curatela: medida formal de apoyo, adaptada a las necesidades concretas de la persona. Puede ser asistencial (acompaña en la toma de decisiones) o representativa (en casos excepcionales).
- Defensor judicial: para asuntos puntuales o conflictos de interés con el curador.
- Poderes y mandatos preventivos: otorgados ante notario, permiten designar con antelación quién se encargará de los asuntos personales y patrimoniales.
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