Divorcios contenciosos

Divorcios contenciosos

Cuando los cónyuges no logran un acuerdo sobre los efectos de la ruptura, el divorcio contencioso es la vía para que sea el juez quien decida. No es necesario alegar causa alguna: basta con que hayan transcurrido tres meses desde el matrimonio. Lo que se discute no es la disolución en sí, sino las medidas que la acompañan.

¿Cuándo es necesario?

  • Desacuerdo sobre la guarda y custodia de los hijos.
  • Desacuerdo en la pensión de alimentos o en la pensión compensatoria.
  • No hay acuerdo sobre el uso de la vivienda familiar.
  • Discrepancia en la liquidación del régimen económico matrimonial.

El proceso

Se presenta demanda ante el Juzgado de Primera Instancia de Familia, con la posibilidad de solicitar medidas provisionales urgentes. Tras la contestación se celebra la vista, con práctica de prueba —incluido el informe del equipo psicosocial cuando hay menores—, y se dicta sentencia, recurrible en apelación. La duración orientativa es de seis a doce meses según la carga del juzgado.

En Cataluña existen particularidades propias, como el plan de parentalidad obligatorio y la compensación económica por razón de trabajo. Conocemos tanto el derecho catalán como el común. Puede ampliar información en nuestro artículo sobre el divorcio contencioso paso a paso.

En EJP Abogados defendemos sus intereses con realismo y le explicamos las opciones antes de dar cualquier paso. Despachos en Barcelona y Valencia. Primera consulta gratuita.

 

Scroll al inicio
Ir al contenido